Sugieren reglamentación para Fuerzas Armadas en seguridad pública

CDMX a 13 de mayo de 2020 (Noticias México).- Ramón Celaya Gamboa, académico y socio de la Consultoría CMC Análisis e Inteligencia Empresarial consideró que hace falta una reglamentación que brinde certeza jurídica al Ejército, la Marina y Fuerza Aérea al realizar tareas de seguridad pública.

“Muchas veces los militares se encuentran en desventaja jurídica, porque sus acciones no tienen un respaldo, entonces se sienten desprotegidos ante las acciones legales que pudieran tomar en su contra, derivado de su actuación en seguridad pública”, expuso en entrevista telefónica.

El especialista en Derecho Penal indicó que además las actuaciones de los militares son impugnables, como ya ha sucedido en juicios de presuntos responsables de delitos, capturados por las fuerzas castrenses, donde sus representantes legales argumentan que los agentes aprehensores (los militares) no tienen facultades legales para realizar aprehensiones.

“Se ha visto que Ministerios Públicos, incluso jueces, dejan en libertad a los criminales bajo este argumento. Lo idóneo es que se contara con una ley que los dotara de facultades para poder actuar, pero también los protegiera de que les dé la certeza jurídica de lo que están haciendo está perfectamente permitido por la ley”.

Recordó que el antecedente más inmediato fue la Ley de Seguridad Interior, declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en noviembre 2018.

El litigante afirmó que el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo, sólo regula de facto la participación de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública desde hace muchos años, pero resulta insuficiente para las labores que realizan.

“No tiene mayor trascendencia o impacto social, porque lo que hace este acuerdo es regularizar lo que de hecho ya venía sucediendo en el país. Las Fuerzas Armadas llevan 20 años, aproximadamente, realizando tareas de seguridad pública sin contar con un marco jurídico”, aseveró.

Además, Celaya Gamboa consideró que la redacción del acuerdo resulta ambigua, porque habla de una “coordinación” con la Guardia Nacional.

Asimismo, el litigante consideró que el adiestramiento de la Fuerza Armada es de seguridad nacional y defensa de la nación, por lo que no tienen una capacidad, al menos inicial, para realizar acciones de seguridad pública.

“Lo importante aquí es que no es la vocación de las Fuerzas Armadas actuar en estas tareas, porque su finalidad y su función es otra.

“A lo que debemos de aspirar es regresarlos a esa función inicial que es la defensa y la integridad de la nación y el auxilio a la población civil en caso de desastre, que es lo que históricamente han venido realizando”.

Añadió que la Guardia Nacional sigue en proceso de conformación y reclutamiento en temas policiacos y “le falta mucho para poder hablar de que ya tiene sus capacidades operativas y logísticas al 100 por ciento.

“Entonces lo principal que le falta, diría yo, es tiempo para conformarse, integrarse, capacitarse y en un determinado tiempo asumir de manera formal las operaciones” de seguridad, concluyó.

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